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miércoles, 22 de abril de 2015
MODELO FORMULARIOS SOLICITUD DE CRÉDITO
A continuación se encuentran algunos modelos de los formularios utilizados para la solicitud de crédito bancario en nuestro país.
sábado, 4 de abril de 2015
EJERCICIO CONTABILIZACIÓN DE RECURSOS 1
PROGRAMA:
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DOCENTE:
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Nunila Hernández Almanza
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HORARIO:
|
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SEMESTRE:
|
La empresa “SOL NACIENTE S.A.S.” se dedica a la
comercialización de un solo producto y asesorías comerciales. Usted debe
realizar los movimientos contables de los meses de mayo y junio de 2015.
MES
DE MAYO 2015
MAYO 2. Se constituye la
empresa con los siguientes aportes: muebles y enseres $40.000.000; maquinaria y
equipo $80.000.000; edificio por $300.000.000 de los cuales el 40% corresponde
al terreno y el 60% a la edificación; equipo de cómputo $8.000.000. Mercancías
por $144.000.000 (9.000 unidades a $16.000 c/u)
MAYO 4. Vende mercancías a la
empresa EL SOL NACIENTE LTDA. 3.600 unidades PL a $25.000. En las siguientes condiciones 3; 5/15; 3/30;
n/45.
MAYO 7. Compra a su proveedor
EL BUEN VIVIR S.A.S 20.000 unidades a crédito, condiciones 7; 6/30; 3/45; n/60,
valor unitario PL $16.000.
MAYO 8. Venden a la empresa EL
SOL NACIENTE LTDA., de contado 14.100
unidades PL a $25.000 la unidad. Cuyo
valor es consignado directamente a la cuenta
.
MAYO 10. La empresa NUTRISALUD
LTDA. Solicita cotización de 200 unidades con un valor unitario de $26.100 la
unidad. Debe ser enviada a nombre del señor Julián Barros.
MAYO 11. Compra para el
consumo del mes: implementos de aseo por $260.000 y papelería por $200.000
MAYO 12. Se crea el fondo de
caja menor a nombre del auxiliar contable por un valor de $1.600.000, este
valor se saca de la Caja general.
MAYO 13. Cancela servicios
públicos por valor de $920.000 (acueducto 20%, energía 30% y el resto es para
telecomunicaciones)
MAYO 15. Cancela la nómina de
sus empleados, correspondiente a la primera
quincena:
a. 4 empleados con salario
mensual cada uno de $760.000
b. un administrador, salario
mensual $2.300.000
c. un conductor y a la vez
mensajero, salario mensual $ $940.000
d. un auxiliar contable,
salario mensual $1.200.000
e. una secretaria, salario
mensual $1.000.000
Uno de los empleados tiene un
embargo por alimentos del 30% sobre el total devengado. Este valor debe ser
consignado quincenalmente a la cuenta No. 11245678988 de Bancolombia, a nombre
de Margarita Posada R.
MAYO 15. presta servicios de
Asesoría comercial por valor de $23.890.000 a la empresa SUMMICOL S.A.S, nos
cancelan de contado en la empresa.
MAYO 17. Se cancela transporte
de mercancía a le empresa COORDINADORA MERCANTIL por valor de $1.300.000.
MAYO 19. Se venden mercancías
a NUTRISALUD LTDA. Un total de 15.120 unidades a $26.100 cada una PL, otorgando
un descuento del 2,4% en la compra.
MAYO 20. Se cancela por
concepto de vigilancia y aseo a la empresa 1A LTDA. $1.760.000, se paga con cheque.
MAYO 21. El Banco de Occidente
concede un préstamo por valor de $280.000.000, cobrando anticipadamente
intereses del 6% trimestral. El resto es consignado en la cuenta de la empresa.
MAYO 23. Compra 1.200 unidades
a $15.500 PL la unidad. El proveedor le brinda las siguientes condiciones de
pago 5/15; 3/30; n/60
MAYO 22. Vende SOL Y LUNA
LTDA. 5000 unidades a $24.900 PL. la
unidad. Valor que nos cancelan con
cheque y es entregado en la empresa (se lleva a caja general)
MAYO 27. El conductor entrega
recibo de gasolina, emitido por BOMBA TEXACO
Nit. 890789675-2. Por valor de $60.000, se cancela de caja menor.
MAYO 27. El conductor entrega
recibo de mantenimiento de vehículo (llanta), emitido por BOMBA TEXACO nit. 890789675-2. Por valor de $12.000. Valor
que se cancela de caja menor.
MAYO 28. Se cancela la compra
de mayo 7.
MAYO 28. Nos cancelan
servicios de asesoría al señor Miguel Moreno por valor de $31.500.000, nos
entregan copia de la consignación realizada.
MAYO 29. Se venden 9000
unidades a la empresa NUTRISALUD LTDA. A $25.000 la unidad PL.
MAYO 30. Se cancela la segunda
quincena del mes. Novedades en la quincena: se debe incluir horas extras para
los empleados que devengan menos de $1.000.000, recuerde que el número de horas
extras no debe superar lo permitido por la ley.
a. 15 HED
b. 24 HEN
c. 25 HED
d. 30 RN
Respectivamente.
MAYO 30. Realizar y
contabilizar el cálculo de depreciaciones. Y ajustes si son necesarios.
MES DE JUNIO 2015
La empresa “SOL NACIENTE S.A.S.” se dedica a la
comercialización de un solo producto y asesorías comerciales. Usted debe
realizar los movimientos contables de junio de 2015. Tener en cuenta los datos
que vienen del mes de mayo.
JUNIO 2. Compra 18.000 unidades a $15.400 c/u PL. Con un
plazo de pago de 30 días
.
JUNIO 3. Se presta a un empleado $50.000, para transporte,
pagaderos a fin de mes.
JUNIO 5. se vende a la empresa SOL NACIENTE 13.800 unidades
a $26.100 cada una, condiciones 4; 5/30; 4/45; n/60.
JUNIO 7. Se vende a NUTRISALDU LTDA. 5.200 unidades a
$27.000 cada una, nos cancelan la factura de contado (caja general)
JUNIO 8. Se consigna el valor de la caja general en el
Banco.
JUNIO 10. Se hace préstamo a uno de los empleados por
$2.000.000, para mejoras en su vivienda. El empleado se compromete a cancelar
cuotas mensuales de $250.000 pagaderos en la última quincena del mes. Iniciando
este mes.
JUNIO 12. Se devuelven de la compra del 2 de junio 100
unidades por no cumplir con los requisitos de la empresa.
JUNIO 13. Se firma contrato por asesoría con la CLÍNICA VIVIR
MEJOR S.A.S por valor de $48.616.000, por una duración de 12 meses. Este valor
se consigna directamente a la cuenta de la empresa por parte de la clínica. (Se
debe hacer ajuste a fin de mes)
JUNIO 15. Se cancela la nómina de la primera quincena de junio.
Uno de los empleados que devengan menos de $1.000.000 falta sin justa causa el
5 de junio de 2015.
JUNIO 16. Se paga de caja menor $10.000 en fotocopias a la PAPELERÍA MULTIPAPEL
JUNIO 17. Se presta asesoría a la empresa FULLMOTOS LTDA.
Por valor de $20.000.000, valor que nos consignan directamente en el banco.
JUNIO 19. Se vende de contado 10.000 unidades, a la empresa
VISON S.A.S, cada una a $27.000.
JUNIO 20. Se venden 1200 unidades a $26.500 cada una.
Cliente GIMNASIO UNIVERSAL S.A.S
JUNIO 22. Nos cancelan todas las ventas pendientes de pago
del mes de mayo.
JUNIO 23. Se compran 2000 unidades a $16.000 cada una. Se
paga de contado
.
JUNIO 25. Se venden 2000 unidades a $27.000. Comprador
NUTRISALUD LTDA.
JUNIO 25. Se cancelan los servicios públicos por $1.200.000
en las mismas proporciones del mes anterior.
JUNIO 26. Se cuadra la caja menor y debe quedar en su valor
inicial.
JUNIO 30. Se cancela la nómina
de los empleados correspondiente a la segunda quincena.
JUNIO 30. Realizar ajustes y
asientos de ajustes.
SE PIDE:
Acta de constitución (Consulta que se puso hace
1 mes)
Documentos contables que la empresa deba
emitir. (trabajados en clase, con taller de documentos comerciales)
Pagaré del préstamo bancario (trabajado en
clase, en taller de documentos comerciales)
Kárdex de los meses de mayo y junio.
Libro Diario
Libro Mayor
Balance de prueba antes de cierres
Asientos de cierre
Ajustes
Balance
de prueba después de cierres
Estado de Resultados a mayo 30 y junio 30
Balance
General a mayo 30 y junio 30
Las 4
nóminas, liquidando quincenalmente cada una.
Cuatro
(4 )contratos de trabajo (consulta)
Liquidación
de la prima de servicios de todos los empleados a junio 30 de 2015.
Liquidación de los trabajadores que serán
despedidos.
Documentos anexos
CUANDO SE DEBAN REALIZAR COMPRAS QUE NO
ESTÉN AUTORIZADAS, Y SEAN NECESARIAS SE HARÁN POR 10.000 UNIDADES Y A PRECIO DE
LA ÚLTIMA COMPRA.
ABC de la Unificación del PLAN OBLIGATORIO DE SALUD Julio de 2012
ABC de la Unificación
del PLAN OBLIGATORIO DE SALUD Julio de 2012
Fuente: SENA, Centro de Comercio.
2015
1. ¿Qué significa que se unifique
TOTALMENTE el POS?
La
unificación del POS significa que a partir del 1 de julio de 2012, 22 millones
514 mil 941 colombianos afiliados al Régimen Subsidiado pueden acceder a los
mismos servicios de salud que tienen los afiliados al régimen contributivo.
Significa que todos los colombianos de cualquier edad, tenemos el mismo Plan Obligatorio de Salud, sin
importar si somos de régimen subsidiado o del contributivo. El POS estaba
unificado para los menores de 18 y los adultos de 60 y más años del régimen
subsidiado. Desde el 1 de julio de 2012, 11 millones 444 mil colombianos entre
18 y 59 años del régimen subsidiado
tienen acceso a los beneficios de la UNIFICACIÓN del POS.
2. ¿Cómo ha sido el proceso de
Unificación del Plan Obligatorio de Salud?
Dando
cumplimiento a las órdenes de la Ley 100 de 1993, la Sentencia T760 de 2008 de
la Corte Constitucional y atendiendo el principio de equidad en el derecho de
acceso a los servicios de salud, el Gobierno nacional inició en 2009 un plan por etapas para
la Unificación de Plan Obligatorio de
Salud. En desarrollo de este plan, la Comisión de Regulación en Salud CRES ha
expedido cuatro Acuerdos relacionados con la UNIFICACIÓN:
Acuerdo 04 de 2009: unifica el POS para los
niños de 0 a 12 años Acuerdo 011 de 2010: unifica el POS para los niños y
adolescentes menores de 18 años
Acuerdo 027 de 2011: unifica el POS para los adultos de 60 y más años.
Acuerdo 032 de 2012: unifica el POS para
los adultos entre 18 y 59 años.
El actual
gobierno se comprometió a tener unificado en el año 2013 el Plan Obligatorio de
Salud para todos los colombianos sin importar su capacidad de pago. Sin
embargo, adelantó un año el cumplimiento
de esta meta.
3. ¿Por qué la Unificación es un
avance en equidad, calidad, movilidad y portabilidad?
En equidad:
porque todos gozamos de los mismos beneficios, sin importar la capacidad de
pago. En calidad: porque todos tenemos acceso a tratamientos, procedimientos y
medicamentos de calidad y tecnología. En movilidad: porque la unificación abre
la puerta para que las personas puedan pasar de manera más fácil de un régimen
a otro cuando se cumplan los requisitos de ley previstos para el cambio de
régimen. En portabilidad: porque la unificación permitirá que en el futuro la
atención del régimen subsidiado no se limite al municipio donde se afilió la
persona, sino que pueda darse en otro lugar de país.
4. ¿Cómo es el Plan Obligatorio de
Salud UNIFICADO?
El POS
vigente en Colombia, definido por la Comisión de Regulación en Salud- CRES,
en el Acuerdo 029 de 2011, es un
conjunto de: 5.874 actividades, procedimientos e intervenciones en salud y
servicios hospitalarios. 730 medicamentos para la atención de toda y cualquier
condición de salud, enfermedad o patología para usuarios de todas las edades.
Incluye un conjunto de acciones de prevención de la enfermedad y de
recuperación de la salud desde la medicina preventiva hasta diversos
tratamientos avanzados de todas y
cualquiera de las enfermedades o condiciones que hacen necesaria la atención en
salud. Para conocer en detalle el contenido del POS vigente consulte los anexos
1 y 2 del Acuerdo 029 de 2012 que contienen los listados de medicamentos,
procedimientos y servicios incluidos en el POS.
5. ¿Con la unificación de POS que
cambios hay en la normatividad vigente?
El contenido
de los Títulos I, II y IV de Acuerdo 29 de 2011 de la CRES que define el POS
actual siguen vigentes. El texto del Título III (Artículos 51 al 66) y el Anexo
3, relacionados con coberturas de transición para la población afiliada al
régimen subsidiado sin unificación, quedan sin efecto en razón de la unificación del POS.
6. ¿Cuáles son los principales
beneficios de la unificación del Plan Obligatorio de Salud para los afiliados al régimen
subsidiado?
Los
afiliados al Régimen Subsidiado podrán disfrutar de más de 2.000 medicamentos, procedimientos y
servicios en salud a los que antes no
tenían acceso. Podrán acceder a consulta especializada de todo tipo, a
exámenes diagnósticos como ecografías abdominales o gastroscopias, a
operaciones para ojos, oídos, nariz y garganta, cirugía de mano o resonancias
magnéticas, entre otros. Tendrán
acceso a consultas de primera vez y control
con especialistas sin necesidad de autorización de las Secretarías de
Salud. Podrán hacer todos sus trámites en un mismo punto de atención y no
tendrán que ir a las Secretarías de Salud para autorizaciones. Podrán acceder a los especialistas sin
necesidad de pasar por el médico general en los casos de pediatría y
obstetricia, cuando la persona ha sido diagnosticada y requiere periódicamente
de servicios especializados o cuando el paciente es remitido directamente de
urgencias a un especialista. Tendrán
acceso no sólo a la atención inicial de urgencias, sino a toda la atención de
urgencias con cargo a la EPS. Podrán ser hospitalizados con cargo a la EPS en
cualquier Unidad de Cuidados Intermedios, independiente de la causa. Podrán
tener continuidad en el diagnóstico y tratamiento.
Los
afiliados al régimen subsidiado conservan los derechos adquiridos en cualquiera
de los servicios que el régimen subsidiado tenga de forma adicional al
contributivo.
7. ¿Cuáles son las exclusiones y
limitaciones del POS?
Según el
artículo 49 del Acuerdo 029 de 2011 de la CRES, están excluidos entre otros,
aquellos procedimientos, actividades y guías de atención integral que no tengan
por objeto contribuir al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la
enfermedad, y de manera específica están excluidos, entre otros, los siguientes
tratamientos: De carácter estético, cosmético o suntuario El suministro de
lentes de contacto, sillas de ruedas, plantillas, etc. Ciertos tratamientos
como: curas de reposo o para el sueño; para la infertilidad; experimentales o
con drogas experimentales;, sicoanálisis; tratamientos de periodoncia, ortodoncia y prótesis parciales
o implantes. Consulte el listado explícito de exclusiones del Acuerdo 29 de
2011 de la CRES.
8. ¿El POS unificado cubre
tratamiento psicológico y médico para problemas de alcoholismo?
La atención
en salud mental está incluida en el POS independientemente de su causa. Los
afiliados al régimen contributivo o al régimen subsidiado, con un trastorno o
enfermedad mental como lo es la adicción al alcohol según el Plan Obligatorio
de Salud contenido en el Artículo 1 del Acuerdo 029 de 2011 tienen derecho a
que la EPS le cubra: -Todas las tecnologías contenidas en dicho plan. -Si el
paciente es mayor de 18 años, en salud mental tiene derecho a:
a. La
internación total o parcial (hospital día) hasta por noventa (90) días.
b. La psicoterapia ambulatoria individual por psiquiatría y por
psicología, hasta treinta (30) sesiones durante el año calendario,
independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad.
c. La
psicoterapia ambulatoria grupal, familiar y de pareja, por psiquiatría y por
psicología, hasta treinta (30) sesiones durante el año calendario,
independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad.
Si el
paciente es menor de 18 años, estas últimas coberturas se duplican así:
a. La internación total o parcial (hospital
día), hasta por 180 días.
b. La
psicoterapia ambulatoria individual por psiquiatría y por psicología, hasta
sesenta (60) sesiones durante el año calendario, independientemente de la fase
en que se encuentra la enfermedad.
c. La psicoterapia ambulatoria grupal,
familiar y de pareja, por psiquiatría y por psicología, hasta sesenta (60)
sesiones durante el año calendario, independientemente de la fase en que se
encuentra la enfermedad.
9. ¿En el plan unificado del POS,
podemos ir a las sedes del régimen complementario?
La
unificación significa que las personas del régimen subsidiado acceden a los
mismos servicios que las del régimen contributivo, no a los planes
complementarios. Los planes complementarios son servicios a los que se accede
de manera voluntaria por personas con capacidad de pago que están afiliadas al
régimen contributivo.
10. ¿Cómo
accedo a la información específica del contenido del POS unificado?
Existen dos
sitios para acceder a la información de
POS: www.pos.gov.co y www.cres.gov.co En www.pos.gov.co usted encuentra seis
archivos de preguntas frecuentes con sus
respectivas respuestas sobre los siguientes temas: medicamentos, consulta
externa, hospitalización, cuidados paliativos, reembolsos y otros, sobre copagos
y cuotas moderadoras y temas generales.Se ofrece además un buscador que le
permite digitar el procedimiento, servicio o medicamento y saber si está
incluido en el POS vigente. En www.cres.gov.co puede acceder al Pospopuli que
es una herramienta interactiva creada por la Comisión de Regulación en Salud
para divulgar de forma didáctica los contenidos del POS.
11. ¿Hay interrupción de los
servicios para afiliados inscritos o que estén participando en un programa de
atención especial por una patología específica?
De acuerdo
con la Circular 027 de junio 13 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección
Social, no debe haber interrupción de la
atención. A partir del 1 de julio las atenciones deben ser realizadas y
suministradas por las EPS con cargo a la UPC.
12. ¿Qué pasa con los afiliados
hospitalizados por un evento no incluido en el pos subsidiado?
De acuerdo
con la Circular 027 de junio 13 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección
Social, las atenciones prestadas antes del 1 de julio son con cargo de la
entidad territorial; y las atenciones prestadas a partir del 1 de julio son
cargo de la Entidad Promotora de Salud (EPS).
13. ¿Quién debe asumir el costo de
los tratamientos ordenados por el médico, de manera ambulatoria, antes del 1 de julio y los cuales no han sido
realizados?
Las
actividades, intervenciones, procedimientos, insumos o medicamentos no
incluidos en el POS subsidiado con anterioridad al primero de julio, deben ser
asumidos por la entidad territorial.
14. ¿Qué puede hacer el usuario si en
la EPS le niegan un servicio incluido en el POS?
Siempre que
a un usuario le sea negado un servicio debe EXIGIR que la EPS le entregue el
FORMATO DE NEGACIÓN DEL SERVICIO firmado por un profesional de la salud de la
EPS. La EPS está obligada desde el año 2007 a entregar este formato cuando
niega un servicio. De este formato trata el Titulo VII PROTECCION DE LOS
USUARIOS Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA de la CIRCULAR EXTERNA No. 047, CIRCULAR
ÚNICA de la Superintendencia Nacional de Salud del 30 de noviembre de 2007. El
formato es el Anexo 14 de la misma Circular. Está disponible en el portal de
Internet de la misma entidad en:
http://www.supersalud.gov.co/supersalud/LinkClick.aspx?fileticket=aEe0n1FaiBQ%3d&tabid=103
El
Ministerio de Salud y Protección Social avanza en la preparación de una norma
que precisará los temas relacionados con
la negación de los servicios por
parte de las EPS, y las sanciones y reembolsos a que haya lugar en casos de
negación de servicios.
15. ¿Con la unificación de los Planes
de Servicios desaparece el Régimen Subsidiado?
No. Lo que
se unificó son los contenidos del POS, pero seguirán existiendo los dos
regímenes. Por ejemplo, los afiliados al Régimen contributivo como trabajadores
y aportantes al Sistema siguen teniendo
derecho a las prestaciones económicas para incapacidades y licencias de
maternidad, a las que no acceden los afiliados al Régimen Subsidiado.
16. ¿Al tener acceso a mayores
beneficios habrá cambios en los copagos del régimen subsidiado?
No. Los
afiliados al régimen subsidiado seguirán con los mismos copagos y los
del régimen contributivo con las mismas cuotas moderadoras y copagos. Las
diferencias en valores de copagos y cuotas moderadora entre los dos regímenes
son justificables porque la población del régimen subsidiado es más vulnerable
y más pobre y por eso el Estado la está subsidiando. No puede haber igualdad
entre desiguales. Las personas del régimen subsidiado son más pobres que las
del régimen contributivo.
17. ¿Qué debo pagar cuando un
servicio no está incluido en el POS?
Las Cuotas
Moderadoras y Copagos, se encuentran definidas y reglamentadas en el Acuerdo
260 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud – CNSSS, norma que no
distingue entre servicios POS o NO POS. Adicionalmente la normatividad vigente
sobre Comités Técnicos Científico – CTC, establece que para recobros
autorizados por ésta vía, la EPS debe descontar el valor de la Cuota Moderadora
o Copago aplicada al usuario.
18. ¿Si compro un medicamento que es
del POS y es una urgencia, la EPS me devuelve la plata?
Si. La
Resolución 5261 de 1994 en su artículo 14 establece el reconocimiento de
reembolsos para los casos de urgencia o cuando la EPS autorice y cuando se
demuestre negligencia de la EPS en la entrega oportuna de un medicamento
cubierto en el POS.
19. ¿Cómo se garantiza que la
unificación sea una realidad?
La
unificación es una responsabilidad de todos. El gobierno ha dispuesto los
recursos necesarios para que la unificación sea una realidad. Las EPS están
adecuando la ampliación de su red de servicios para atender de manera adecuada
la demanda que se genera. Es importante que los usuarios hagan vigilancia,
pongan las alertas y denuncien las irregularidades que tengan conocimiento.
20. ¿Cómo se va a financiar la Unificación?
Esta medida
implica para el Gobierno Nacional un enorme esfuerzo fiscal, una inversión
mensual de $120.000 millones de pesos y un alivio a las finanzas de las
entidades territoriales.
21. ¿Se requieren este año recursos
adicionales de los territorios para financiar la unificación?
No serán
exigidos recursos diferentes a los señalados por la ley y ya establecidos para
el año 2012.
22. ¿Cómo es la responsabilidad ahora
de las EPS del régimen subsidiado? ¿Cómo
se hará el control?
Los
servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud son responsabilidad de las
EPS y en el caso de la unificación, a partir del primero de julio, las EPS del
régimen subsidiado asumirán el costo de todos servicios que hacen parte del
POS. El control a las EPS sigue en cabeza de la Superintendencia Nacional de
Salud. Los ciudadanos pueden presentar sus quejas a la Línea Gratuita Nacional:
01 8000 513700 En Bogotá (1) 483 7000) www.supersalud.gov.co
23. ¿Cómo queda la responsabilidad de
la entidad territorial con la Unificación?
Las
entidades territoriales de acuerdo con lo previsto en la Ley 715 de 2000, la
Sentencia T 760 de 2000 y el Decreto
5334 de 2008 continúan asumiendo los costos de los servicios NO POS. Podrán
participar en la elaboración de los planes financieros territoriales que
definirán la sostenibilidad financiera de la unificación y
universalización; modificar actos
administrativos de compromiso de los recursos en el marco del Decreto 971 de
2011; y realizar el seguimiento y control del aseguramiento, velando por la
prestación integral de los servicios de salud.
24. ¿Con la unificación pueden
resultar perjudicados los afiliados del régimen contributivo?
No. Los
afiliados al régimen contributivo siguen teniendo el mismo Plan Obligatorio
de Salud y la misma cuota
moderadora.
SEGURIDAD SOCIAL
LEY NUMERO 100 DE 1993
(Diciembre 23)
Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETA:
PREÁMBULO
La Seguridad Social Integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de
que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el
cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad
desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente
las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio
nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.
ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS EMPRESA COMERCIAL
Los siguientes Estados Financieros reflejan la situación económica de una empresa comercial.
Usted deberá aplicar los visto en clase y dar respuesta a lo solicitado en el cuestionario de preguntas.
Usted deberá aplicar los visto en clase y dar respuesta a lo solicitado en el cuestionario de preguntas.
SERVICIO AL CLIENTE Y
TELEMERCADEO
GESTIÓN DE CRÉDITO Y
CARTERA
Se pide:
Realizar el análisis para otorgar o negar el crédito solicitado por la empresa por la suma de $120.000.000.
viernes, 3 de abril de 2015
DECRETOS, LEYES Y RESOLUCIONES
Para el desarrollo del módulo Orientación al Usuario se deberán tener en cuenta la siguiente información:
Resolución 0226 de 2015
Resolución 1441 de 2013
Resolución 2003 de 2014
Resolución 3678 de 2014
Estas y otras las podrá encontrar en
http://www.minsalud.gov.co/salud/PServicios/Paginas/Sistema-unicode-habilitacion.aspx
Resolución 0226 de 2015
Resolución 1441 de 2013
Resolución 2003 de 2014
Resolución 3678 de 2014
Estas y otras las podrá encontrar en
http://www.minsalud.gov.co/salud/PServicios/Paginas/Sistema-unicode-habilitacion.aspx
CÓMO CREAR UNA IPS EN COLOMBIA Y NO MORIR EN EL INTENTO
Llega el momento en
el que todo profesional de la salud decide emprender una empresa, y se va por
el sector o rama que más conoce, pero lo único que desconoce, es la forma
correcta de crear una IPS en Colombia. Admítelo, no tienes idea de los papeles
que tienes que llenar para formalizar tu SPA o Gimnasio. Así que no hay
problema, ya que a continuación enumeraremos los pasos y papeles que debes
tener para poner en marcha tu idea.
Crear una IPS en
Colombia: el calvario
- Primero que todo, debe preinscribirse en la
página web de la Secretaria Departamental de Salud.
- Obtener el formulario para prestadores de
salud.
- Diligenciar el formulario de inscripción.
- Recuerde crear un usuario y contraseña al
momento de registrarse en el website.
- Imprimir el Formulario de Inscripción original
y copia.
- Se debe Imprimir el formato de autoevaluación
de los servicios que desea habilitar en su nueva IPS, según lo contenido en
el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1043 de 2006 y Anexo técnico No. 1 de
la Resolución 2680 del 11 de agosto de 2007, en la misma página web.
- Los formulario de inscripción y autoevaluación
se deben entregar en medio magnetico.
- PAMEC: Programa de Auditoria para el
Mejoramiento de la Calidad. no aplica para instituciones cuyo objeto
social es diferente a la prestación de servicios de Salud. Este documento
debe imprimirse, y presentarse diligenciados y grabados en un CD.
- Fotocopia del Acto de creación o constitución
del Prestador de acuerdo con su naturaleza jurídica.
- Teniendo en cuenta los estados financieros de
la vigencia fiscal del año inmediatamente anterior al registro, expedidos
por el revisor fiscal con fotocopia de la tarjeta profesional del mismo y
paz y salvo de la Junta central de Contadores, se deben anexar los
certificado de suficiencia Patrimonial y Financiera
- Fotocopia del NIT del Prestador.
- Para Transporte Asistencial Básico y
Medicalizado, se debe anexar el Certificado de Revisión Técnico mecánica
(reciente no superior a un año) y la fotocopia de la tarjeta de propiedad.
1.La inscripción según el Decreto 1011 del 03 de Abril de 2006 es por un
periodo de cuatro años y rige a partir de la fecha de radicación del formulario
de inscripción con los documentos soportes, el prestador queda habilitado para
prestar servicios de salud.
No olvide realizar el reporte de novedades cuando:
- Apertura de servicios, de nueva sede.
- Cambio de domicilio, Representante Legal,
Director o Gerente, Nomenclatura, Horario de atención.
- Cierre de Prestador, de servicios temporal o
definitivo, de una sede.
- Cierre o apertura de camas, de salas, de una
modalidad de atención, de ambulancias.
- Disolución o liquidación de la Entidad.
- Cambio de nombre de una sede que no implique
cambio de Razón Social.
- Transformación de la Institución que no
implique cambio de NIT o creación de una nueva.
- Cambio de sede principal, de complejidad de
servicios.
3.Al momento de la inscripción se hará entrega de los distintivos de habilitación.
4.La visita de verificación de las condiciones de habilitación le será
notificada un día antes del desplazamiento de la comisión.
Fuente: http://integraweb.com.co/blog/2014/08/21/como-crear-una-ips-en-colombia-y-no-morir-en-el-intento/
EVALUACIONES Y TALLERES
En este espacio encontrará evaluaciones y talleres que le permitan preparar sus exámenes parciales o reforzar los conocimientos sobre diferentes temas.
SEGUNDO MOMENTO SEGURIDAD SOCIAL 2015-1
ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN
TÉCNICO TALENTO HUMANO
SUBMÓDULO SEGURIDAD SOCIAL
Nombre: Documento:
Fecha de aplicación: día _______ mes ______ año ______
Docente: Nunila Hernández
TALLER SEGUNDO MOMENTO
SEGURIDAD SOCIAL
Resolver cada uno de los siguientes casos o ejercicios
planteados:
1.
Liquidar
el aporte que se debe hacer al FONDO DE PENSIONES y FONDO DE SOLIDARIDAD
PENSIONAL, si es necesario, en cada uno
de los siguientes casos:
a.
Salario
básico $880.000; comisiones sobre ventas constantes $2.500.000; viáticos
mensuales $400.000.
b.
Salario
básico: $2.800.000; gastos de representación $1.400.000
c.
Salario
básico $616.000; horas extras diurnas $46.900; recargo nocturno $30.000 y horas
extras nocturnas $56.000
2.
Calcular
el aporte que se debe realizar por concepto de pensión, total devengado y total
pagado cuando se trabaja por días.
SALARIO BASICO
|
DIAS LABORADOS
|
APORTE A PENSION
|
APORTE A SALUD
|
DEVENGADO
|
PAGADO
|
$616.000
|
18 días
|
||||
$700.000
|
26 días
|
||||
$900.000
|
5 días
|
||||
$1.000.000
|
12 días
|
3.
Responder
brevemente los siguientes conceptos
a.
Base
mínima de cotización
b.
Ingreso
Base de Liquidación (IBL)
c.
Base
de cotización trabajadores independientes
d.
Cotización
de los pensionados a sistema de seguridad social
4.
Liquidar
los aportes que se deben hacer en los siguientes salarios integrales. Recuerde
que el salario integral está constituido por un 70% como salario base y un 30%
como factor prestacional.
a.
$13.700.000
b.
$18.000.000
c.
$21.500.000
d.
$26.700.000
LEA CUIDADOSAMENTE Y RESUELVA CADA CASO
1.
Luis
Alberto es un trabajador de la empresa Químicos ETANOL S.A.S en la cual lleva
10 años laborando; devenga un salario de $2.700.000. En el día de ayer mientras
se encontraba procesando unos líquidos corrosivos hubo un derrame de estos
afectándole parte de sus manos, presentando quemaduras de tercer grado. Luis es incapacitado por un periodo de seis
meses, como debe ser pagada la incapacidad al señor Luis y quién la debe
cubrir.
2.
Melisa
Jaramillo es trabajadora dependiente de la empresa COLCHONES EL BUEN SUEÑO S.A.
en la cual lleva un periodo de 5 años en el área de procesamiento de algodón,
hace algunos días presenta malestar nasal y acude a su médico, el cual la
incapacita por encontrarse enferma a causa de su trabajo por 8 días, quién
cubre su incapacidad y a cuánto equivale.
3.
Carlos
Hincapié fue contratado por prestación de servicios por 12 meses para trabajar
en una obra en San Carlos, el valor del contrato es por valor de $30.000.000 en
total, es decir, $2.500.000 mensuales, el día 3 de marzo se cae de un tercer
piso y se lesiona el fémur, es trasladado a un centro asistencial donde es
hospitalizado 6 días y al salir lo incapacitan por 30 días. ¿cómo debió haber
estado afiliado Carlos?, ¿Quién es el responsable de pagar la incapacidad y
porque valor?
4.
Manuela
Hoyos, empleada con contrato a término indefinido, en la empresa Funeraria
Gómez. Es incapacitada por enfermedad general el día 1º de mayo de 2015 hasta
el 6 de mayo de 2015. Luego es incapacitada de nuevo (primera prorroga) hasta
el día 9 de mayo. Su salario mensual es de $1.400.000. ¿Cuál es el monto
inicial de la incapacidad?; ¿Cuánto debe cubrir la EPS y cuánto la empresa?;
¿Cuál es el monto a cancelar por la prorroga y quién la debe cancelar?
5. Juan Martínez sufre accidente de
trabajo el 5 de agosto. Este accidente sucede dentro de su horario habitual de
trabajo. Es remitido a su ARL, en donde lo incapacitan 6 días. Salario mensual
$616.000. Liquidar la incapacidad, quién es responsable por el pago de la
incapacidad; hasta cuándo estará incapacitado Juan.
6. Jorge Jaramillo se cae en el patio de
su casa media hora antes de salir para su trabajo. Es llevado por su familia a
la EPS, SALUCOOP, El médico de urgencias le diagnóstica fractura de pierna, lo
enyesan y le dan incapacidad por 23 días, a partir del 3 de junio de 2014.
Luego de su primera revisión es incapacitado un mes más. Liquidar el valor de
ambas incapacidades, si Jorge devenga mensualmente $1.000.000. Al igual que las
fechas en las cuáles se cumplen cada una de ellas.
7. María Luisa Montoya, da a luz a su
hija el 4 de agosto de 2015, a las 8:40 p.m. Liquidar la licencia materna que
le corresponde a la empleada, si su salario mensual es de $840.000. En qué
fecha debe regresar a su trabajo.
Nota: para la entrega del trabajo deben aparecer los procedimientos realizados para encontrar las respuestas. En caso de hacer alguna interpretación, bajo los conceptos legales y normativos de la ley Colombiana, estos también deben ser anexados al trabajo.
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