viernes, 3 de abril de 2015

CÓMO CREAR UNA IPS EN COLOMBIA Y NO MORIR EN EL INTENTO




CÓMO CREAR UNA IPS EN COLOMBIA Y NO MORIR EN EL INTENTO 




Llega el momento en el que todo profesional de la salud decide emprender una empresa, y se va por el sector o rama que más conoce, pero lo único que desconoce, es la forma correcta de crear una IPS en Colombia. Admítelo, no tienes idea de los papeles que tienes que llenar para formalizar tu SPA o Gimnasio. Así que no hay problema, ya que a continuación enumeraremos los pasos y papeles que debes tener para poner en marcha tu idea.
Crear una IPS en Colombia: el calvario
  1. Primero que todo, debe preinscribirse en la página web de la Secretaria Departamental de Salud.
  2. Obtener el formulario para prestadores de salud.
  3. Diligenciar el formulario de inscripción.
  4. Recuerde crear un usuario y contraseña al momento de registrarse en el website.
  5. Imprimir el Formulario de Inscripción original y copia.
  6. Se debe Imprimir el formato de autoevaluación de los servicios que desea habilitar en su nueva IPS, según lo contenido en el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1043 de 2006 y Anexo técnico No. 1 de la Resolución 2680 del 11 de agosto de 2007, en la misma página web.
  7. Los formulario de inscripción y autoevaluación se deben entregar en medio magnetico.
  8. PAMEC: Programa de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad. no aplica para instituciones cuyo objeto social es diferente a la prestación de servicios de Salud. Este documento debe imprimirse, y presentarse diligenciados y grabados en un CD.
  9. Fotocopia del Acto de creación o constitución del Prestador de acuerdo con su naturaleza jurídica.
  10. Teniendo en cuenta los estados financieros de la vigencia fiscal del año inmediatamente anterior al registro, expedidos por el revisor fiscal con fotocopia de la tarjeta profesional del mismo y paz y salvo de la Junta central de Contadores, se deben anexar los certificado de suficiencia Patrimonial y Financiera
  11. Fotocopia del NIT del Prestador.
  12. Para Transporte Asistencial Básico y Medicalizado, se debe anexar el Certificado de Revisión Técnico mecánica (reciente no superior a un año) y la fotocopia de la tarjeta de propiedad.

Notas:
1.La inscripción según el Decreto 1011 del 03 de Abril de 2006 es por un periodo de cuatro años y rige a partir de la fecha de radicación del formulario de inscripción con los documentos soportes, el prestador queda habilitado para prestar servicios de salud.
No olvide realizar el reporte de novedades cuando:
  • Apertura de servicios, de nueva sede.
  • Cambio de domicilio, Representante Legal, Director o Gerente, Nomenclatura, Horario de atención.
  • Cierre de Prestador, de servicios temporal o definitivo, de una sede.
  • Cierre o apertura de camas, de salas, de una modalidad de atención, de ambulancias.
  • Disolución o liquidación de la Entidad.
  • Cambio de nombre de una sede que no implique cambio de Razón Social.
  • Transformación de la Institución que no implique cambio de NIT o creación de una nueva.
  • Cambio de sede principal, de complejidad de servicios.
3.Al momento de la inscripción se hará entrega de los distintivos de habilitación.
4.La visita de verificación de las condiciones de habilitación le será notificada un día antes del desplazamiento de la comisión.

Fuente: http://integraweb.com.co/blog/2014/08/21/como-crear-una-ips-en-colombia-y-no-morir-en-el-intento/



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