Llega el momento en
el que todo profesional de la salud decide emprender una empresa, y se va por
el sector o rama que más conoce, pero lo único que desconoce, es la forma
correcta de crear una IPS en Colombia. Admítelo, no tienes idea de los papeles
que tienes que llenar para formalizar tu SPA o Gimnasio. Así que no hay
problema, ya que a continuación enumeraremos los pasos y papeles que debes
tener para poner en marcha tu idea.
Crear una IPS en
Colombia: el calvario
- Primero que todo, debe preinscribirse en la
página web de la Secretaria Departamental de Salud.
- Obtener el formulario para prestadores de
salud.
- Diligenciar el formulario de inscripción.
- Recuerde crear un usuario y contraseña al
momento de registrarse en el website.
- Imprimir el Formulario de Inscripción original
y copia.
- Se debe Imprimir el formato de autoevaluación
de los servicios que desea habilitar en su nueva IPS, según lo contenido en
el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1043 de 2006 y Anexo técnico No. 1 de
la Resolución 2680 del 11 de agosto de 2007, en la misma página web.
- Los formulario de inscripción y autoevaluación
se deben entregar en medio magnetico.
- PAMEC: Programa de Auditoria para el
Mejoramiento de la Calidad. no aplica para instituciones cuyo objeto
social es diferente a la prestación de servicios de Salud. Este documento
debe imprimirse, y presentarse diligenciados y grabados en un CD.
- Fotocopia del Acto de creación o constitución
del Prestador de acuerdo con su naturaleza jurídica.
- Teniendo en cuenta los estados financieros de
la vigencia fiscal del año inmediatamente anterior al registro, expedidos
por el revisor fiscal con fotocopia de la tarjeta profesional del mismo y
paz y salvo de la Junta central de Contadores, se deben anexar los
certificado de suficiencia Patrimonial y Financiera
- Fotocopia del NIT del Prestador.
- Para Transporte Asistencial Básico y
Medicalizado, se debe anexar el Certificado de Revisión Técnico mecánica
(reciente no superior a un año) y la fotocopia de la tarjeta de propiedad.
1.La inscripción según el Decreto 1011 del 03 de Abril de 2006 es por un
periodo de cuatro años y rige a partir de la fecha de radicación del formulario
de inscripción con los documentos soportes, el prestador queda habilitado para
prestar servicios de salud.
No olvide realizar el reporte de novedades cuando:
- Apertura de servicios, de nueva sede.
- Cambio de domicilio, Representante Legal,
Director o Gerente, Nomenclatura, Horario de atención.
- Cierre de Prestador, de servicios temporal o
definitivo, de una sede.
- Cierre o apertura de camas, de salas, de una
modalidad de atención, de ambulancias.
- Disolución o liquidación de la Entidad.
- Cambio de nombre de una sede que no implique
cambio de Razón Social.
- Transformación de la Institución que no
implique cambio de NIT o creación de una nueva.
- Cambio de sede principal, de complejidad de
servicios.
3.Al momento de la inscripción se hará entrega de los distintivos de habilitación.
4.La visita de verificación de las condiciones de habilitación le será
notificada un día antes del desplazamiento de la comisión.
Fuente: http://integraweb.com.co/blog/2014/08/21/como-crear-una-ips-en-colombia-y-no-morir-en-el-intento/
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