ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN
TÉCNICO TALENTO HUMANO
SUBMÓDULO SEGURIDAD SOCIAL
Nombre: Documento:
Fecha de aplicación: día _______ mes ______ año ______
Docente: Nunila Hernández
TALLER SEGUNDO MOMENTO
SEGURIDAD SOCIAL
Resolver cada uno de los siguientes casos o ejercicios
planteados:
1.
Liquidar
el aporte que se debe hacer al FONDO DE PENSIONES y FONDO DE SOLIDARIDAD
PENSIONAL, si es necesario, en cada uno
de los siguientes casos:
a.
Salario
básico $880.000; comisiones sobre ventas constantes $2.500.000; viáticos
mensuales $400.000.
b.
Salario
básico: $2.800.000; gastos de representación $1.400.000
c.
Salario
básico $616.000; horas extras diurnas $46.900; recargo nocturno $30.000 y horas
extras nocturnas $56.000
2.
Calcular
el aporte que se debe realizar por concepto de pensión, total devengado y total
pagado cuando se trabaja por días.
SALARIO BASICO
|
DIAS LABORADOS
|
APORTE A PENSION
|
APORTE A SALUD
|
DEVENGADO
|
PAGADO
|
$616.000
|
18 días
|
||||
$700.000
|
26 días
|
||||
$900.000
|
5 días
|
||||
$1.000.000
|
12 días
|
3.
Responder
brevemente los siguientes conceptos
a.
Base
mínima de cotización
b.
Ingreso
Base de Liquidación (IBL)
c.
Base
de cotización trabajadores independientes
d.
Cotización
de los pensionados a sistema de seguridad social
4.
Liquidar
los aportes que se deben hacer en los siguientes salarios integrales. Recuerde
que el salario integral está constituido por un 70% como salario base y un 30%
como factor prestacional.
a.
$13.700.000
b.
$18.000.000
c.
$21.500.000
d.
$26.700.000
LEA CUIDADOSAMENTE Y RESUELVA CADA CASO
1.
Luis
Alberto es un trabajador de la empresa Químicos ETANOL S.A.S en la cual lleva
10 años laborando; devenga un salario de $2.700.000. En el día de ayer mientras
se encontraba procesando unos líquidos corrosivos hubo un derrame de estos
afectándole parte de sus manos, presentando quemaduras de tercer grado. Luis es incapacitado por un periodo de seis
meses, como debe ser pagada la incapacidad al señor Luis y quién la debe
cubrir.
2.
Melisa
Jaramillo es trabajadora dependiente de la empresa COLCHONES EL BUEN SUEÑO S.A.
en la cual lleva un periodo de 5 años en el área de procesamiento de algodón,
hace algunos días presenta malestar nasal y acude a su médico, el cual la
incapacita por encontrarse enferma a causa de su trabajo por 8 días, quién
cubre su incapacidad y a cuánto equivale.
3.
Carlos
Hincapié fue contratado por prestación de servicios por 12 meses para trabajar
en una obra en San Carlos, el valor del contrato es por valor de $30.000.000 en
total, es decir, $2.500.000 mensuales, el día 3 de marzo se cae de un tercer
piso y se lesiona el fémur, es trasladado a un centro asistencial donde es
hospitalizado 6 días y al salir lo incapacitan por 30 días. ¿cómo debió haber
estado afiliado Carlos?, ¿Quién es el responsable de pagar la incapacidad y
porque valor?
4.
Manuela
Hoyos, empleada con contrato a término indefinido, en la empresa Funeraria
Gómez. Es incapacitada por enfermedad general el día 1º de mayo de 2015 hasta
el 6 de mayo de 2015. Luego es incapacitada de nuevo (primera prorroga) hasta
el día 9 de mayo. Su salario mensual es de $1.400.000. ¿Cuál es el monto
inicial de la incapacidad?; ¿Cuánto debe cubrir la EPS y cuánto la empresa?;
¿Cuál es el monto a cancelar por la prorroga y quién la debe cancelar?
5. Juan Martínez sufre accidente de
trabajo el 5 de agosto. Este accidente sucede dentro de su horario habitual de
trabajo. Es remitido a su ARL, en donde lo incapacitan 6 días. Salario mensual
$616.000. Liquidar la incapacidad, quién es responsable por el pago de la
incapacidad; hasta cuándo estará incapacitado Juan.
6. Jorge Jaramillo se cae en el patio de
su casa media hora antes de salir para su trabajo. Es llevado por su familia a
la EPS, SALUCOOP, El médico de urgencias le diagnóstica fractura de pierna, lo
enyesan y le dan incapacidad por 23 días, a partir del 3 de junio de 2014.
Luego de su primera revisión es incapacitado un mes más. Liquidar el valor de
ambas incapacidades, si Jorge devenga mensualmente $1.000.000. Al igual que las
fechas en las cuáles se cumplen cada una de ellas.
7. María Luisa Montoya, da a luz a su
hija el 4 de agosto de 2015, a las 8:40 p.m. Liquidar la licencia materna que
le corresponde a la empleada, si su salario mensual es de $840.000. En qué
fecha debe regresar a su trabajo.
Nota: para la entrega del trabajo deben aparecer los procedimientos realizados para encontrar las respuestas. En caso de hacer alguna interpretación, bajo los conceptos legales y normativos de la ley Colombiana, estos también deben ser anexados al trabajo.
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